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El proceso de nulidad de la elección del magistrado de la Corte Constitucional Miguel Polo Rosero —que, de forma inusual, está siendo tramitado por la Corte Suprema y no por el Consejo de Estado, que fue quien lo ternó— avanzó. La Sala Plena decidió aceptar los impedimentos de los magistrados José Joaquín Urbano Martínez, Víctor Julio Usme Perea, Juan Carlos Espeleta Sánchez y Juan Carlos Sosa Londoño para pronunciarse sobre el caso.El magistrado ponente, Francisco Ternera, profirió el 19 de mayo de 2025 el auto en el que decidió impartir sentencia anticipada, una figura que permite saltarse algunas etapas del proceso judicial para resolver más rápido.Sede de la Corte Suprema de Justicia. Foto:JusticiaEl magistrado Ternera ordenó incorporar unas pruebas al expediente, negó y rechazó otras, fijó el litigio y dispuso que, una vez surtidas esas etapas, se corriera traslado a las partes para los alegatos de conclusión.Sin embargo, el demandante solicitó la aclaración del informe enviado por el secretario del Senado y pidió al magistrado decretar nuevas pruebas.La demanda contra la elección de Polo Rosero como magistrado de la Corte Constitucional se basa en el episodio de un supuesto voto adicional que apareció en la plenaria del Senado del 18 de noviembre, durante la primera ronda de su elección.Sin embargo, la corporación decidió no tener en cuenta esa votación e iniciar una investigación interna en cabeza del senador Jonathan Pulido, de Alianza Verde. Según los registros de las cámaras de seguridad del Senado, no fue un voto de más, como se dijo inicialmente, sino dos papeletas que se pegaron.La sesión se repitió al día siguiente, cuando, nuevamente, Polo Rosero resultó ganador.La abogada del magistrado de la Corte Constitucional se opuso al recurso de aclaración presentado por el demandante, señalando la “ausencia de utilidad, pertinencia y necesidad” de decretar nuevas pruebas.Mediante un auto del 17 de junio de 2025, el magistrado ponente negó la petición de aclaración y decidió no decretar pruebas adicionales. Contra esa providencia, el demandante interpuso recurso de reposición.Sentencia que resuelve los impedimentos Foto:ArchivoEl expediente pasó entonces a otro magistrado. Primero fue asignado a José Joaquín Urbano Martínez, quien se declaró impedido; dicho impedimento se puso en conocimiento de la Sala Plena en la sesión del 28 de agosto de 2025 y fue aceptado.Posteriormente, el trámite correspondió al magistrado siguiente en turno, Víctor Julio Usme Perea, quien también manifestó su impedimento en la sesión del 2 de septiembre de 2025. En esa misma sesión se inhabilitaron igualmente los magistrados Juan Carlos Espeleta Sánchez y Juan Carlos Sosa Londoño. Todos esos impedimentos fueron discutidos y aceptados.El magistrado Urbano Martínez se declaró impedido por la causal de interés directo o indirecto de un pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad, pues su sobrina trabaja como auxiliar judicial en el despacho de Polo Rosero.Por su parte, los magistrados Víctor Julio Usme Perea, Juan Carlos Espeleta Sánchez y Juan Carlos Sosa Londoño se declararon impedidos porque uno de los demandantes, Samuel Alejandro Ortiz Mancipe, también demandó los actos que los eligieron a ellos como magistrados de la Corte Suprema, procesos que siguen vigentes y en trámite ante la Sección Quinta del Consejo de Estado.”Si bien los escritos que contienen esos impedimentos fueron incorporados al expediente, se precisa que fueron puestos en conocimiento de la Sala Plena en las sesiones del 28 de agosto y 2 de septiembre de 2025″, señala el auto de la magistrada Marjorie Zúñiga, en el que acepta los impedimentos. La decisión sobre si reabre o no el debate probatorio queda ahora en su despacho y, una vez resuelto, se devolverá el expediente al magistrado Ternera para emitir sentencia.¿Cuál es el futuro de la reforma tributaria? Foto:Sara Valentina Quevedo Delgado Redacción Justicia
