En el transcurso de la última semana, la Corte Constitucional y un juez de tutela le ordenaron al presidente Gustavo Petro rectificar sus afirmaciones. El alto tribunal instó al jefe de Estado a corregir el calificativo de “muñecas de la mafia” que usó para referirse a las mujeres periodistas y a ofrecer disculpas públicas por ese “lenguaje estigmatizante hacia la mujer”. Por su parte, el Juzgado 66 Administrativo de Bogotá falló una tutela que le exige al mandatario desmentir el trino en el que vinculó a la exvicepresidenta Marta Lucía Ramírez con el narcotráfico.Este es el talante de las afirmaciones que le han costado al Presidente una lluvia de tutelas y han producido un hecho sin precedentes en las páginas políticas: de acuerdo con la jurisprudencia, al menos una docena de sentencias le han exigido al jefe de Estado enmendarse.El común denominador en los argumentos de los jueces ha sido la responsabilidad que implica la dignidad del cargo que ostenta y su deber de evitar discursos violentos, discriminatorios o injuriosos.“Es necesario eliminar esa narrativa oficial que confunde la crítica con el odio, el disenso con la traición y el control con la obstrucción. Bajo el pretexto de la libertad de expresión no se pueden vulnerar los derechos de las personas, como la dignidad humana, la honra o el buen nombre”, le dijo a EL TIEMPO el presidente del Consejo de Estado, magistrado Luis Alberto Álvarez.Magistrado Luis Alberto Álvarez Parra. Foto:Archivo Particular.La “política del pulgar” en redes sociales, así como la improvisación en alocuciones e intervenciones públicas, según expertos, le ha pasado factura al jefe de Estado. Acusó a la Asociación de Empresarios de Colombia (Andi) y a su presidente, Bruce Mac Master, de “defender el esclavismo y atacar la dignidad de los trabajadores”. A Joseba Grajales Jiménez, presidente del Grupo Keralty, dueño de Sanitas EPS, lo tachó de “criminal” por supuestamente financiar campañas políticas. Y a Enrique Vargas Lleras, de “esconder $ 5 billones de deudas de facturas de la Nueva EPS” y de amañar un sorteo para designar “la corte arbitral de la Cámara de Comercio de Bogotá”.También ha señalado a colectivos sociales. En una dura sentencia, el Consejo de Estado reprochó al presidente Petro por “vulnerar el derecho a la protesta” al referirse a los manifestantes de la marcha de la oposición del 24 de noviembre de 2024 como “victimarios”.En todas las providencias, los jueces han ponderado el derecho a la libertad de expresión que cobija a todos los ciudadanos, incluido el jefe de Estado. Sin embargo, han precisado que este no es una patente de corso y que sus límites se acentúan tratándose de un funcionario público con su nivel de influencia.Gustavo Petro, presidente de Colombia en la plaza de Bolívar Foto:Presidencia“El discurso cuestionado fue proferido en ejercicio de la libertad de opinión del Presidente de la República. Con todo, debido a su calidad de servidor público y de máximo dignatario, sus declaraciones deben ser analizadas con mayor rigor. Esto supone que sus opiniones deben contar con una justificación fáctica mínima, para evitar cualquier forma de estigmatización o discriminación”, aseguró el alto tribunal en el fallo.Para el exconsejero Alberto Yepes, “nunca habíamos tenido un mandatario que gobernara por Twitter (X) y con el nivel de improvisación del presidente Petro, lo que lo expone a imprecisiones que terminan siendo objeto de tutelas y demandas. Los jueces se ven obligados a ordenar las rectificaciones solicitadas por quienes consideran vulnerados sus derechos fundamentales”.El exmagistrado incluye a los jueces de tutela porque, desde el 9 de julio, el Consejo de Estado dejó de ser el juez competente para conocer, en primera instancia, las tutelas interpuestas contra el Presidente. En virtud del decreto 0799 de 2025, estos procesos deben repartirse entre los jueces del circuito, lo que prevé que el número de órdenes judiciales en este sentido aumente.Recursos lingüísticosEl Presidente, no obstante, se ha defendido navegando en una zona gris, atribuyendo sus probadas ligerezas a recursos lingüísticos y figuras metafóricas propias del discurso político.En septiembre pasado, en cumplimiento de una orden de retractación sobre unas afirmaciones contra el presidente de la Andi, Bruce Mac Master, Petro objetó. “Preciso que no comparto la decisión del Consejo de Estado. Mis expresiones del 19 de marzo no referían que Bruce Mac Master hubiese incurrido en los ilícitos de discriminación o esclavismo en el sentido literal”, publicó Petro en la misma red social en la que, según el Consejo de Estado, habría difamado al dirigente gremial.El presidente Gustavo Petro. Foto:PresidenciaCumplimiento a mediasEn la misma semana en que dos jueces distintos le exigieron al Presidente rectificar dos afirmaciones, el Juzgado 54 Administrativo de Bogotá abrió un incidente de desacato en su contra, pidiéndole enviar el reporte de la retractación que le había ordenado por atribuirle al fiscal Mario Burgos supuesta corrupción.Petro, al contrario de corregir sus palabras, se justificó. “Fueron juicios de valor y opiniones críticas expresadas en el marco del debate público y del ejercicio del control político”, dijo en respuesta a la orden del juzgado.Estas rectificaciones a medias han sido una constante en el cumplimiento de los fallos. “Hay un acatamiento meramente formal de las órdenes de tutela por parte del Presidente, pues, al tiempo que se cumple con la rectificación, se reitera sus críticas o denuncias subyacentes, o se utiliza un lenguaje que minimiza la retractación, lo que lleva a las partes afectadas a alegar su desacato”, advirtió el presidente del Consejo de Estado.Y, no obstante, aunque la autoridad judicial dispone de herramientas y sanciones para que las decisiones de tutela se cumplan, estas resultan insuficientes frente a los alcances de los jueces respecto a la dignidad presidencial.“Obligar al jefe de Estado a cumplir es muy difícil, porque el Consejo de Estado no aplica sanciones de desacato contra un presidente de la República. En materia de tutelas, el mecanismo idóneo sería el arresto, pero, por falta de competencia, ningún magistrado impondría estas medidas”, advirtió el exconsejero Alberto Yepes, señalando que estos criterios perpetúan un círculo vicioso de error y demanda, sin que los fallos judiciales, en su mayoría aleccionadores sobre la responsabilidad del primer mandatario, logren generar un verdadero correctivo.Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia

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