Felipe Alzate, abogado de Beatriz Niño, exesposa del exembajador en Ghana Daniel Garcés, ganó un pulso con la defensa en el proceso contra el exdiplomático por violencia intrafamiliar. La Comisión Nacional de Disciplina Judicial descartó abrir una investigación en su contra.La solicitud se había interpuesto por presuntas afectaciones al derecho de defensa de Garcés, a partir de filtraciones de testimonios y pruebas que —según la queja contra el abogado Alzate— estaban bajo reserva y habrían provenido de una fuente interna del proceso.Daniel Garcés, exembajador en Ghana. Foto:Archivo particularEntre las piezas procesales divulgadas en medios de comunicación están los testimonios de Claudia Bermúdez y Carmen Uriza, empleadas de la familia —una de ellas niñera—, quienes habrían presenciado las presuntas agresiones de las que habría sido víctima Niño, pero que declararon a favor del exembajador.“Las entrevistas a las señoras Bermúdez y Uriza se realizaron directamente ante el despacho fiscal, por lo que no existía justificación para que esos pormenores fueran de conocimiento público”, señaló la defensa del exembajador, representado por el penalista Miguel Ángel del Río, quien además es apoderado de las testigos en este proceso. Por esta polémica asesoría jurídica, Del Río está siendo investigado por la Comisión, para esclarecer un posible conflicto de interés.“Ahora bien, una vez tuve conocimiento de la noticia a través de los medios de comunicación, indagué con mi equipo de trabajo sobre lo sucedido y me indicaron que no habían filtrado la información. Estoy completamente segura de la integridad ética y profesional de quienes me acompañan; por ello, solicité a la Coordinación de la Unidad de Fiscales Delegados ante la Corte Suprema de Justicia adelantar la correspondiente investigación penal para esclarecer lo ocurrido”, alegó la defensa.Ex embajador de Colombia en Ghana, Daniel Garcés Carabalí Foto:@DanielGarcesC1Y agregó: “el equipo jurídico se acercó al Despacho Fiscal con el propósito de indagar por los avances del proceso y, según se les informó, la fiscal de conocimiento manifestó que los abogados de la señora Beatriz Niño habían acudido presencialmente a su despacho para requerir la entrega de información obrante en el expediente. En ese mismo contexto, se presentaron una serie de controversias, pues —según la fiscal— pretendían ejercer presión para que se les suministrara la información solicitada”.Los argumentos de la Comisión de Disciplina JudicialSin embargo, para el órgano disciplinario no existen méritos para abrir una indagación en su contra.Para la Comisión, no es posible concluir que “las copias del expediente hubieran sido retiradas sin autorización, y mucho menos que se hubieran consignado glosas o anotaciones marginales, o que se hubiese intentado su destrucción”.También concluye que no es posible acreditar mala fe ni falta disciplinaria alguna en el apoderado de la víctima por la divulgación periodística de pruebas recaudadas en una actuación penal que, además, tiene carácter público.“La entrega de copias en esos casos puede ser realizada por la Fiscalía, en ejercicio de sus funciones, conforme a la Ley 906 de 2004 y a la jurisprudencia que reconoce el derecho de los indiciados a acceder a la información y participar en el proceso penal, y no puede entenderse como una conducta que deba calificarse como una ‘presión’ al fiscal delegado”, se lee en el auto inhibitorio.¿Qué está pasando en Irán? Foto:Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia

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