La diferencia de 15 años de cárcel se explica por la aplicación del fuero estatal o federal para juzgar este caso.En caso de que se aplique la pena estatal, Aburto Martínez quedaría libre de inmediato, mientras que la pena federal prolongaría la estancia del magnicida por 14 años más.Durante la sesión, la ministra Sara Irene Herrerías se declaró impedida para analizar el caso, debido a que el expediente y proceso penal contra Aburto estuvo bajo su mando cuando fue Fiscal de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la República (FGR), impedimento que fue avalado por la mayoría de los ministros.El juicio de amparo 104/2021 presentado por la defensa de Mario Aburto afirma que su cliente debería haber salido libre en 2024, cuando se cumplieron 30 años de sentencia por el magnicidio de Colosio, argumentando que esa era la pena máxima impuesta por el Código Penal del Estado de Baja California al momento de los hechos.En contraste, la FGR argumentó que la pena máxima que se debe imponer a Aburto es la de 45 años de cárcel, aplicando la pena máxima contemplada en el Código Penal Federal.Sin embargo, la FGR presentó un recurso de revisión extraordinario para evitar que la sentencia quedará firme y además pidió negar la libertad a Mario Aburto en lo que se resolvía el fondo de la controversia.No obstante, la defensa de Aburto volvió a demandar la intervención de la Suprema Corte para que defina si su cliente debe ser procesado y sentenciado por el fuero federal o estatal.La defensa de Mario Aburto ha señalado que el homicidio de Luis Donaldo Colosio, pese a ser un magnicidio, no fue un delito federal, ya que en ese momento el excandidato del PRI a la Presidencia de la República no era un funcionario federal.Por lo tanto, la Suprema Corte deberá definir cual es el parámetro para analizar un procedimiento penal sobre magnicidio bajo el sistema penal tradicional vigente en 1994, con el propósito de poder garantizar los derechos del quejoso (Mario Aburto) y de la víctima (Luis Donaldo Colosio).

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